Camiones exentos de tacógrafo

El pasado 20 de septiembre de 2022, una nueva normativa entró en vigor en España, modificando las regulaciones sobre el uso del tacógrafo en camiones. Estas modificaciones incluyen una serie de excepciones que permiten a ciertos camiones estar exentos del uso del tacógrafo, independientemente de si están cargados o vacíos, siempre que cumplan con ciertas condiciones.

A continuación, se detallan los camiones exentos del uso del tacógrafo según esta nueva normativa:

Excepciones Válidas en Todas las Situaciones:

  1. Camiones destinados a transportes oficiales.

  2. Camiones dedicados a servicios esenciales como alcantarillado, protección contra inundaciones, abastecimiento de agua, mantenimiento de redes de gas y electricidad, conservación de carreteras, servicios de telecomunicaciones y otros relacionados.

  3. Camiones utilizados en circos y ferias para transportar material complementario.

  4. Camiones que trasladan exposiciones móviles con fines educativos.

  5. Camiones utilizados para el transporte de fondos u objetos de valor en vehículos especialmente acondicionados.

  6. Camiones de autoescuela.

  7. Camiones empleados en servicios dentro de recintos cerrados como puertos, aeropuertos y estaciones ferroviarias.

  8. Camiones operando en ciudades autónomas de Ceuta y Melilla o en islas con superficie menor a 250 km² sin conexión terrestre al territorio peninsular.

Excepciones Dentro de un Radio de 50 km:

  1. Camiones dedicados a la recogida y eliminación de residuos domésticos a domicilio.

  2. Camiones de mercancías propulsados por electricidad, GNC o GNL, con masa máxima autorizada no superior a 7,5 toneladas.

Excepciones Dentro de un Radio de 100 km:

  1. Camiones de empresas agrícolas, hortícolas, forestales, ganaderas o pesqueras para transporte de mercancías de carácter privado complementario.

  2. Camiones operados mediante tractores agrícolas o forestales en actividades agrícolas o forestales.

  3. Camiones de recogida de leche en granjas o para llevar recipientes de leche o productos lácteos destinados a la alimentación del ganado.

  4. Camiones que transporten animales vivos entre granjas y mercados locales, o entre mercados y mataderos locales.

  5. Camiones hormigoneras.

  6. Camiones de maquinaria de construcción para empresas constructoras, siempre que la conducción no sea su actividad principal.

  7. Camiones de recogida y entrega de envíos postales por proveedores de servicios postales universales, con vehículos de hasta 7,5 toneladas y conductores cuya actividad principal no sea la conducción.

Estas excepciones representan un cambio significativo en las regulaciones de tacógrafo para ciertos camiones, facilitando la operación de vehículos en situaciones específicas y regiones designadas.

  • Publicación de la entrada:1 de noviembre de 2022
  • Comentarios de la entrada:1 comentario
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  • Categoría de la entrada:Noticias
  • Tiempo de lectura:3 minutos de lectura

Esta entrada tiene un comentario

  1. vicente

    buen articulo

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